Educación en robótica sin derechos humanos

Hace cuatro años publicaba Una mirada a la robótica desde los derechos humanos, defendiendo la necesidad de utilizar a los derechos humanos como marco en el que desenvolver la reflexión sobre las tecnologías emergentes. Se trata de una idea que está extendiéndose cada vez más.

En 2017, el Instituto Rathenau, comisionado por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE), emitió un informe sobre derechos humanos y robótica, en el que, entre otras cosas, recomendaba la creación de una Convención para la defensa de los derechos humanos en la era de la robótica. En mayo de 2018, se aprobó la “Declaración de Toronto” (firmada por Amnistía Internacional, Access Now, el Observatorio de Derechos Humanos y la Fundación Wikipedia, entre otros). Esta Declaración busca proteger los derechos de todos los individuos y grupos, así como garantizar y promover la diversidad y la inclusión, en el uso de los sistemas de aprendizaje automático. El 23 de octubre de 2018, la organización The Public Voice, aprobó las “Directrices Universales para la Inteligencia Artificial”, documento respaldado por 50 organizaciones científicas y más de 200 expertos de todo el mundo, que tiene como objetivo maximizar los beneficios de la inteligencia artificial y garantizar la protección de los derechos humanos. Dos días más tarde, el 25 de octubre de 2018, la Conferencia Internacional de instituciones dedicadas a la protección de datos y la privacidad (ICDPPC), aprobó la “Declaración sobre ética y protección de datos en la Inteligencia Artificial”, en la que se afirma que cualquier creación, desarrollo y uso de sistemas de inteligencia artificial debe respetar plenamente los derechos humanos.

Ahora bien, para que el enfoque de los derechos consiga estar presente en la reflexión sobre las nuevas tecnologías no basta con que existan normas y declaraciones que así lo establezcan. Es necesario que los derechos sean parte de la formación de todos aquellos implicados en las nuevas tecnologías y, también, sean contenido de la educación de los niños y niñas.

Y en este punto, tengo que reconocer la perplejidad que me produce observar cómo, en la actualidad, asistimos a un proceso de incorporación de la robótica y las nuevas tecnologías al ámbito educativo (algo muy necesario), acompañado de otro proceso que disminuye e incluso rechaza la educación en derechos humanos.

En el campo de la educación en las nuevas tecnologías, el 11 de enero de 2018, la Comisión Europea lanzaba el Plan de Acción de Educación Digital compuesto por 3 prioridades y 11 acciones que buscan fomentar y apoyar el uso de la tecnología en educación así como el desarrollo de la competencia digital. Las prioridades son: (i) hacer un mejor uso de la tecnología digital para la enseñanza y el aprendizaje; (ii) desarrollar competencias y habilidades digitales de relevancia para la transformación digital; (iii) mejorar los sistemas educativos a través del análisis de datos y procesos de previsión. En España, el Ministerio de Educación está poniendo en marcha, en colaboración con las Comunidades Autónomas, la Escuela de Pensamiento Computacional, cuyo objetivo es, según el Ministerio, ofrecer recursos educativos abiertos, formación y soluciones tecnológicas que ayuden a los docentes a incorporar estas habilidades en las aulas.

Por otra parte, la historia reciente de la educación en derechos humanos en España es conocida. La supresión de la asignatura de educación para la ciudadanía y la conversión en materia transversal, por parte de la LOMCE, de la llamada educación cívica y constitucional, son buena prueba de la importancia que se da a estos contenidos. Y ello con independencia de que en los objetivos de la Educación Secundaria y del Bachillerato se aluda al conocimiento de los derechos, y que en el currículo de la Educación Secundaria, aparezca, como una de las competencias, las llamadas competencias cívicas, dentro de las cuales se hace mención a los derechos humanos.

No hay formación estructurada en derechos humanos (ni en los colegios ni en la formación del profesorado) y la transversalidad en este punto no funciona. Y esto es manifiesto en las diferentes iniciativas en el campo de las nuevas tecnologías a las que me he referido antes. Así, en las 11 acciones del Plan de la Comisión Europea, no hay alusión alguna a los derechos (lo más cercano es alguna referencia a la no discriminación, principalmente en cuestión de género, y a temas de seguridad vinculados a la privacidad). Y algo parecido ocurre en España con la Escuela de Pensamiento Computacional; en el ámbito de la Comunidad de Madrid, en la formación planificada para el curso 2018-2019 en este marco, no se encuentran referencias a los derechos humanos. Y algo parecido ocurre, por lo general, si nos fijamos en los distintos programas ofrecidos por diferentes entidades y dirigidos a colegios e institutos.

Resulta absolutamente necesario formar en nuevas tecnologías. Pero también es absolutamente necesario que esa formación tenga en cuenta los derechos humanos, sobre todo si la presencia de estos en el currículo educativo sigue siendo la que es.

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